PENSIÓN JUSTA

LA-UMA

¡Ojo! No se confunda con la UMA.

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¡Ojo! No se confunda con la UMA.

Amigo pensionado, como usted recordará en anteriores publicaciones, así como los videos en nuestro canal de YouTube, hemos hecho mucho énfasis en ¿Qué es? y ¿Cómo te afecta el UMA? Empero, pese al exceso de información qué hay sobre el tema, lamentablemente hay mucha confusión. Por ello, en las próximas líneas trataremos de aclarar algunas de ellas:

¿Mi pensión me la calculan en UMA’s?

No, ninguna pensión regulada por el Décimo transitorio se calcula con UMA’s. El ISSSTE calcula su pensión considerando el sueldo base que usted percibió durante su último año de servicio.

¿Mi pensión incrementa en UMA’s?

No, ninguna pensión regulada por el Décimo transitorio incrementa conforme al UMA, recuerde que su pensión debe incrementar año con año y la forma en la que está lo hace atiende al año en el que se pensiono, pues puede ser conforme a los incrementos que ha tenido la última plaza en la que laboró, también puede atender al Salario Mínimo o en su defecto, al incremento que mayor beneficio le genere entre los incrementos de la última plaza en la que laboró o el INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor).

¿El UMA afecta a todos los pensionados?

No, el UMA solo afecta a los pensionados que tengan su pensión topada, ejemplo.
La Sra. María quien laboró durante 30 años en la Secretaría de Gobernación, obtuvo su pensión por jubilación en el 2006. Cuando le otorgaron su concesión de pensión le asignaron una cuota diaria de $486.7 y el ISSSTE le aplicó los incrementos anuales correctos. Para el año 2019 le calculó una cuota diaria de $1,000.

¿La UMA le afecto a la Sra. María?

Si, por que al momento de obtener su pensión en el 2006 le asignaron el tope máximo que se podía pagar en el 2006, pues el salario mínimo en el 2006 era de $48.67 pesos cantidad que multiplicada por 10 correspondiente al tope máximo de pensión vigente en el 2006 resultaba $486.7 pesos como cuota diaria máxima.

Ahora, como el ISSSTE le aplicó los incrementos correctos a la pensión de María ( recuerde que la forma de incrementar la pensión varía dependiendo del año en el que obtuvo su pensión) le corresponde un incremento conforme al que le genere un mayor beneficio entre los incrementos que tenga la plaza que tenía al darse de baja o los incrementos del INPC.
Derivado de esos incrementos, en el año 2019 María alcanzaba como cuota diaria la cantidad de $1000 pesos (cantidad que multiplicada por 30, correspondiente a los días del mes, asciende a la cantidad de $30,000 pesos) pero el ISSSTE, en lugar de pagarle esa suma, sólo le otorgaba $25,347.

Justo en es aquí en donde radica la afectación de la UMA, pues le pagaban $25,347 pesos (por la aplicación del tope en UMA´s) misma que, en el 2019 es de $84.49 pesos (84.49 por 10 correspondientes al tope de 10 UMA´s resulta 844.9 y esta cantidad, multiplicándola por 30 días, resulta una pensión máxima de 25,347). Entonces, considerando el tope de pensión en 10 salarios mínimos, si el salario mínimo en 2019 esta en 102.68 (recuerde que es el Salario Mínimo general Vigente en la Ciudad de México) multiplicada por 10 correspondiente al tope máximo, resulta 1026.8 y este monto multiplicado por 30 correspondiente a los días del mes resulta una pensión máxima de 30,804, por lo que en este supuesto, María podría cobrar sin ningún problema su pensión de $30,000.

Soy trabajador en activo ¿La UMA me afecta?

“Si hay afectación para los trabajadores en activo” La afectación que tienen los trabajadores en activo radica en el hecho de que las aportaciones que realizan los del Décimo transitorio para el fondo de pensiones y los de Cuentas Individuales para su AFORE también esta topada en UMAS.
Las consecuencias de esto para los que se encuentran en el Décimo transitorio generaría que al momento en el que el ISSSTE les calcule su pensión, sus aportaciones sean menores a las que pudieron haber realizado, pues si usted cotiza al ISSSTE con un sueldo mayor a los $25,347 pesos (10 UMA´s) durante el 2019, la dependencia en la que usted laboré hará las aportaciones de seguridad social como si usted solo ganará $25,347 pesos.
Por ello, al momento en el que le otorguen su Hoja Única de servicios aparecerá su cotización al ISSSTE con un sueldo de $25,347 pesos y con base en ello, le calcularan su pensión. En esta lógica sí se considera el tope en salarios mínimos para 2019 serían $30,804 pesos, por lo que las aportaciones de seguridad social serían un poco más altas, pero en consecuencia obtendría una pensión más alta.

¿Ya hay una jurisprudencia que señala que los UMA´s no se pueden aplicar en las pensiones?

Si, el viernes 20 de septiembre de 2019, fue publicada en el Diario oficial de la Federación la jurisprudencia con número de registro 2020651 emitida por el DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, en cuyo rubro señala lo siguiente

UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA). NO PUEDE APLICARSE PARA DETERMINAR LA CUOTA DIARIA O LA LIMITANTE DE PAGO DE UNA PENSIÓN, POR TRATARSE DE PRESTACIONES DE NATURALEZA LABORAL REGIDAS POR EL SALARIO MÍNIMO.

Si ya emitieron una jurisprudencia ¿A partir de cuándo nos pagan de forma correcta nuestra pensión?
Tranquilo amigo pensionado, si bien es cierto ya existe un criterio que señala que el UMA no se debe aplicar en materia de pensiones, también es cierto que para que se pueda aplicar este beneficio en su pensión se debe realizar un juicio mediante una sentencia se obligue al ISSSTE a acatar dicho criterio. Esto ocurre porque el instituto no es competente para aplicar las jurisprudencias. Para que éste pueda aplicarlo de forma automática, es necesario que se realicen reformas a la constitución, cuestión que aún no ocurre.

Si tiene dudas, no olvide que con gusto le podemos apoyar.
#UMA #ISSSTE #Pensiones

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