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¿Qué es el pago de marcha y cómo lo tramito?

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¿Qué es el pago de marcha y cómo lo tramito?

Por: Pensión Justa

Anteriormente hablamos de  los trámites que se deben realizar cuando un pensionado del ISSSTE fallece, sin embargo en esta ocasión queremos profundizar sobre el pago de marcha, que es uno de los trámites que se deben realizar si se llega a estar en esa situación.

El pago de marcha es una prestación a favor de los sobrevivientes (deudos) por concepto de gastos funerarios de pensionados y jubilados, consiste en el pago de 120 días de pensión, es decir, cuatro meses de la pensión que percibía el finado al momento de fallecer.

¿Quién lo puede solicitar?

El familiar Derechohabiente, los deudos o personas ajenas, que se hayan hecho cargo de los gastos.

¿Cómo, cuándo, y dónde puedo realizar el trámite?

De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, en las Subdelegaciones de Prestaciones de las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.

¿Qué documentos deberé presentar para el trámite y qué requisitos debo cumplir?

Documentos:

-Acta de defunción del pensionado con validación de la página de gobernación.

-Reporte de cheques cancelados por fallecimiento.

-Factura de la funeraria que contenga la cédula fiscal con sello de goma o validación del SAT.

-Talón de pago pensionario del mes de fallecimiento.

-Credencial del pensionado

-Identificación oficial del solicitante.

-En caso de existir endoso de la factura de gastos funerarios, solicitar copia de la identificación oficial del solicitante (endosatario).

¿Cuánto tiempo tarda en responder el trámite?

Por ley, 90 días hábiles.

¿Tiene vigencia o existe una fecha límite para realizar el trámite de pago de marcha?

Sí, el reclamo en el ISSSTE lo puede realizar dentro de los 5 años, posteriores al deceso del pensionista. Sin embargo, recuerde que es fundamental que obtenga la factura de los gastos funerarios en el mes en que ocurrió el deceso.

Si el pensionista pagó los gastos por su cuenta, el deudo podrá reclamar el pago exhibiendo la factura de cualquier gasto adicional, sin importar su monto, que tuvo que realizar y que no estaba contemplado en el pago que hizo el pensionista.

Esperamos que esta información le sea de gran utilidad para orientarlo en sus trámites y recuerde compartir este artículo con sus amigos o familiares.

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